Según la UNICEF grooming “es la situación en que un adulto acosa sexualmente a un niño o niña mediante el uso de las TIC (tecnologías de la información y la comunicación)".

El grooming no es la antesala de un delito o un abuso, es ya en sí un tipo de abuso y un delito.

El acosador busca obtener fotos o videos sexuales de los niños.

Lo habitual es que cree un perfil falso en una red social, sala de chat, foro, videojuego u otra plataforma, para hacerse pasar por un menor de edad y así entablar una relación de confianza con la víctima y conseguir que ésta le entregue el material.

En otras ocasiones roba las fotos o videos sexuales de los niños, obteniendo contraseñas o hackeando cuentas.

Cuando el acosador consigue el material erótico deja de contactar a la víctima o comienza a chantajearla con hacer públicas las imágenes si no entrega nuevos videos o fotos o si no accede a un encuentro personal.

Para evitarlo:  -Dejar de seguir, silenciar, eliminar, denunciar y/o bloquear de la red a la persona y sus comentarios abusivos. 

-Proteger la privacidad de los perfiles. No usar el nombre completo como nick.  -No encender la cámara web. Crear contraseñas seguras.

Los adultos deben transmitir a los niños y adolescentes que no se debe dar información comprometedora a ninguna persona, aún siendo conocida, y que es muy fácil crear perfiles falsos en la web.

¿Cómo actuar cuando se detecta un caso de grooming? Si aún no llegó a la fase de abuso sexual o extorsión eliminar, bloquear y denunciar el perfil del abusador ante la plataforma. 

Si ya fue perpetrado, evitar esa denuncia porque la eliminación del perfil borraría pruebas para presentarse ante la Justicia. No borrar las evidencias del acoso. 

El Código Penal de Argentina, a través de la Ley 26.904, castiga con cárcel de 6 meses a 4 años a quien use internet, el teléfono u otra tecnología de la comunicación para contactar a un menor de edad y abusar sexualmente de él.