La desregulación de las obras sociales en Argentina avanza con la reglamentación del Gobierno, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23.

La medida, que abarca a más de 14 millones de trabajadores, permitirá la libre elección entre obra social y prepaga desde el inicio de la contratación laboral.

10 puntos fundamentales sobre esta desregulación:

1- La medida permitirá a los trabajadores elegir entre una obra social o una empresa de medicina prepaga registrada, sin la obligación de permanecer un año en la obra social correspondiente a su actividad al cambiar de empleo.

2- El Gobierno busca otorgar mayor libertad de elección a los trabajadores en materia de salud, además de optimizar la circulación de los recursos en el sistema de salud, garantizando una distribución más equitativa de los fondos. 3- La medida comenzará a regir el primer día del segundo mes luego de su publicación en el Boletín Oficial, tras un período de adecuación a la norma.

4- La Superintendencia de Servicios de Salud será la encargada de supervisar la aplicación, controlando los aportes y contribuciones a las obras sociales y prepagas..

5- Los argentinos que se encuentren en el sistema de salud privada continuarán acogiéndose a los contratos vigentes con sus prepagas. Sin embargo, tendrán la opción de elegir entre obra social y prepaga dentro de los marcos de la reglamentación

6- Los jubilados tendrán la posibilidad de elegir entre obra social y prepaga, siendo beneficiarios de las entidades de salud reconocidas por el Sistema Nacional del Seguro de Salud. 7- Los beneficiarios podrán ejercer la libertad de elegir una vez al año, en cualquier momento desde que comienza su contrato laboral. 8- La Superintendencia de Servicios de Salud no establecerá los precios de las cuotas.

9- La desregulación se centra en las entidades de salud reguladas a nivel nacional, por lo que la inclusión de las obras sociales provinciales dependerá de las autoridades y legislación de cada provincia. 10- Bajo este nuevo esquema, los aportes al Fondo Solidario de Redistribución serán del 15% para las obras sociales sindicales y del 20% para las prepagas y otras instituciones adheridas.