Desde enero de 2025, las reglas del juego para bancos y billeteras virtuales cambiaron. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los valores mínimos a partir de los cuales estas entidades deben informar las operaciones de sus clientes.

Nuevos montos a reportar a ARCA a partir de enero de 2025: 1- Transacciones mayores a $600.000 (consumos totales con tarjetas de débito e ingresos o egresos en billeteras virtuales).

2- Acreditaciones bancarias y depósitos a plazo fijo que superen $1.000.000 mensuales, extracciones en efectivo y saldos finales en cuentas bancarias o billeteras virtuales.

3- Transferencias bancarias o virtuales superiores a $2.000.000.

Obligaciones para las entidades financieras y billeteras virtuales: – Detallar a ARCA información sobre consumos, ingresos, egresos, depósitos y transferencias significativas. – Asegurar la precisión en el registro y reporte de las operaciones alcanzadas.

La Resolución General 5512/2024 refuerza el control fiscal en un escenario de digitalización creciente. Los montos a reportar se actualizan periódicamente por inflación para mantener su relevancia. El objetivo principal es garantizar la trazabilidad de las operaciones y prevenir el lavado de dinero.

Implicaciones para los usuarios: – No se generan nuevas obligaciones fiscales para los consumidores. – ARCA podrá solicitar documentación que acredite el origen de fondos si las operaciones superan los umbrales establecidos.