De acuerdo al Código Nacional Electoral, 40 horas antes de la votación comienza la veda electoral. Es decir este viernes 17 de noviembre a las 8 am.

La medida tiene como objetivo conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión, luego de haber escuchado las propuestas de los candidatos. 

Si bien la ley 19.945 establece en su artículo 71 qué es lo que no se puede hacer en las horas previas a las elecciones, durante ellas y hasta tres horas después, cada provincia tiene, a su vez, una regulación local. Pero hay algunas normas en común.

– Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista. 

¿Qué está prohibido durante la veda?

Está prohibido vender bebidas alcohólicas durante la veda electoral. -Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos.

-Espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas. -Portación de armas, el uso de banderas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.

–La apertura de organismos partidarios o instalación de mesas de difusión dentro de un radio de 80 metros de lugares donde se vote.

-También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en Internet y en medios gráficos