A partir de febrero, los aumentos de las empresas de medicina prepaga tendrán un tope para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos.
Se trata de un monto que equivale a $392.562en el salario de enero.
Para este sector, el incremento de la cuota tendrá como tope máximo el 90% de la evolución de los salarios Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
¿Cómo es el trámite para limitarlos?
Para acceder a este beneficio, los usuarios del servicio de medicina prepaga deberán declarar su situación en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud, entre el 1º y el 20 de cada mes.
El trámite debe realizarse todos los meses en la web
Antes de ingresar, es requisito tener Clave Fiscal nivel 3 de la AFIP o superior y adherir el servicio “Mi SSSalud” a la clave fiscal.
A partir de este mes, las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria planes de cobertura con copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, 25% menos que el plan sin copagos.