Feriado Puente: es un feriado nacional obligatorio que se establece para extender un fin de semana largo con el objetivo de fomentar el turismo interno. Los trabajadores que cumplan su jornada ese día tienen derecho a recibir un pago adicional (doble remuneración), según la Ley de Contrato de Trabajo.
Fines de semana largos: – 1 al 4 de marzo: 4 días de descanso por el Carnaval (lunes 3 y martes 4). – 1 al 4 de mayo: 4 días de descanso por el Día del Trabajador (jueves 1) y el día no laborable con fines turísticos (viernes 2). – 15 al 17 de agosto: 3 días de descanso por el Día del General San Martín (domingo 17) y el día no laborable con fines turísticos (viernes 15).
Los feriados trasladables: – 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada desde el 17 de junio). – 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (trasladable al 15 de agosto). – 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable).