El Gobierno nacional, a través del Decreto 106/2023, estableció las fechas "con fines turísticos" para el próximo año.

Lunes 1° de enero: Año Nuevo. Feriado inamovible. – Lunes 12 y martes 13 de febrero: Carnaval. Feriados inamovibles

Domingo 24 de marzo:  Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible. – 28 de marzo. Jueves Santo - Festividad cristiana. Día no laborable. – 29 de marzo. Viernes Santo - Festividad cristiana. Feriado inamovible.

Lunes 1° de abril. Feriado con fines turísticos. – Martes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible.

Miércoles 1° de mayo: Día del Trabajo. Feriado inamovible. – Sábado 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo. Feriado inamovible.

Lunes 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes. Feriado trasladable. – Jueves 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano. Feriado inamovible. – Viernes 21 de junio. Feriado con fines turísticos.

Martes 9 de julio: Día de la Independencia. Feriado inamovible. – Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín. Feriado trasladable.

Septiembre Es el único mes en el que no habrá feriados.

Jueves 3 y viernes 4.  Año Nuevo Judío. – Viernes 11 de octubre.  Feriado con fines turísticos. – Sábado 12 de octubre.  Día del Perdón. – Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Feriado trasladable.

Miércoles 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional. Feriado trasladable al lunes 18.Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible. – Miércoles 25 de diciembre: Navidad. Feriado inamovible.