El Gobierno nacional, a través del Decreto 106/2023, estableció las fechas "con fines turísticos" para el próximo año.
– Lunes 1° de enero: Año Nuevo. Feriado inamovible.
– Lunes 12 y martes 13 de febrero: Carnaval. Feriados inamovibles
– Domingo 24 de marzo:
Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible.
– 28 de marzo. Jueves Santo - Festividad cristiana. Día no laborable.
– 29 de marzo. Viernes Santo - Festividad cristiana. Feriado inamovible.
– Lunes 1° de abril. Feriado con fines turísticos.
– Martes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible.
– Miércoles 1° de mayo: Día del Trabajo. Feriado inamovible.
– Sábado 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo. Feriado inamovible.
– Lunes 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes. Feriado trasladable.
– Jueves 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano. Feriado inamovible.
– Viernes 21 de junio. Feriado con fines turísticos.
– Martes 9 de julio: Día de la Independencia. Feriado inamovible.
– Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín. Feriado trasladable.
Septiembre
Es el único mes en el que no habrá feriados.
– Jueves 3 y viernes 4.
Año Nuevo Judío.
– Viernes 11 de octubre.
Feriado con fines turísticos.
– Sábado 12 de octubre.
Día del Perdón.
– Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Feriado trasladable.
– Miércoles 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional. Feriado trasladable al lunes 18.
– Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible.
– Miércoles 25 de diciembre: Navidad. Feriado inamovible.