Quienes no voten deberán pagar una multa o afrontar sanciones como la imposibilidad de realizar determinados trámites, a menos que integren los grupos exceptuados.

De no poder asistir a las urnas ese día, deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral.

Dentro de los próximos 60 días recibirán la multa correspondiente, la cual podría escalar.

Para verificar si hay multas pendientes, los ciudadanos deberán ingresar a la web del Registro de Infractores.

www.infractores.padron.gob.ar

Según informa la Dirección Nacional Electoral, las personas entre 18 y 70 años que no voten y no justifiquen su ausencia a los comicios ante la Justicia Nacional Electoral recibirán una sanción económica y serán incorporados al Registro de Infractores al deber de votar.

El 21 de diciembre vence el plazo para justificar el no voto ante la Justicia.

Se le cobra de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que no emita su voto y no justifique su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección.

MULTAS

Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

Quienes no asistan ni justifiquen la ausencia no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

SANCIONES